Hace poco hemos sabido que una Sentencia del Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sección Primera, de fecha 17 de diciembre de 2014, da un año de plazo para que las aseguradoras reclamen el importe de una indemnización a terceros tras un accidente bajo los efectos del alcohol.
El error judicial es uno de los supuestos legales de responsabilidad patrimonial del Estado por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia y, viene reconocido en el artículo 121 de la Constitución que dice literalmente: "Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley".
Una socia de CEA quiso reclamar una indemnización por caída en tienda debido al accidente que sufrió por culpa del mal estado del suelo de acceso a un local público, el cual provocó el tropiezo de nuestra socia y su consiguiente caída. Si bien las lesiones fueron leves y no dejaron secuelas, tardaron varios días en sanar y estabilizarse.
El 1 de enero de 2016 entra en vigor la Ley 35/2015 que reforma el sistema de valoración de daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico. Esta reforma surge del acuerdo entre las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico y la representación de las entidades aseguradoras.