Las indemnizaciones por accidentes de tráfico según el IPC en 2014
El baremo de accidente de tráfico en el año 2014 resulta de la aplicación del IPC anual.
Personas heridas en accidente
La víctima que, tras sufrir un accidente de tráfico, requiere un ingreso hospitalario por incapacidad temporal recibirá 71,84 € por día de ingreso. Si la persona no requiere hospitalización, pero tiene una incapacidad que no le permite desarrollar su actividad habitual percibirá 58,41 € por día. En caso de no estar impedido para el desarrollo de su ocupación, el accidentado tiene derecho a recibir 31,43 € por cada día que esté en tratamiento.
Lesión con secuelas
Cuando la víctima sufre una lesión con secuelas permanentes que le impide parcialmente desarrollar su tarea habitual, aunque no lo fundamental, tendrá derecho a percibir hasta 19.115,19 €. Si las secuelas le impidieran el desarrollo total de su actividad rutinaria, la indemnización a cobrar estaría comprendida entre 19.172,54 € y 95.862,67 €. Sin embargo, cuando la lesión se considere absoluta, es decir, las secuelas de la misma le inhabiliten para la realización de cualquier ocupación, el accidentado recibiría entre 95.862,68 € a 191.725,34 €.
El accidente de tráfico puede dejar a la víctima con un daño considerado “gran inválido”, que es aquél donde la persona afectada requiere la ayuda de otras personas para llevar a cabo las tareas más esenciales de la vida como: vestirse, desplazarse, comer, etc. En este caso se tendría en cuenta la edad de la víctima y su grado de incapacidad, por lo que la cuantía de la indemnización sería hasta 382.303,74 €.
Adecuación de casa y coche
En el caso que una persona requiera adecuar su vivienda en función de sus necesidades, podría ser indemnizada hasta 95.862,67 €. Según las circunstancias, los familiares destinados al cuidado del incapacitado le corresponderían hasta 143.794,00 €.
Si una embarazada pierde el feto en un siniestro, y éste fuera su primer hijo, se le atribuiría una indemnización de 14.379,41 € hasta el tercer mes de embarazo o de 38.345,07 € a partir de ese tiempo. Si se tratase de su segundo hijo o posteriores, hasta el tercer mes de gestación recibiría 9.557,59 € como máximo o de hasta 19.172,54 € a partir de dicho mes.
Cuando la persona perjudicada deba adecuar su vehículo, según las características del mismo, podría recibir hasta 28.672,78 €.
Accidentes con víctimas mortales
En ocasiones los accidentes dejan víctimas mortales. En este supuesto, los padres de la persona muerta percibirían 105.448,93 € cuando convivieran con ella o 76.690,12 € si no lo hiciesen. El primer hermano del fallecido, cuando fuera menor de 25 años, recibiría 76.690,12 €; los siguientes hermanos recibirían 19.172,54 €. El cónyuge de la víctima percibiría 115.035,21 €, mientras que su hijo menor tendría una indemnización de 47.931,33 €. En este caso hay diversos grupos y muchas indemnizaciones teniendo en cuenta parámetros de edad, estado civil, etc.
Las indemnizaciones que se contemplan en el baremo de accidentes de tráfico se actualizan ante reformas futuras de la Ley.
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