La cuestión relativa a la extinción del contrato temporal, al que le han precedido una sucesión de contratos temporales, y la consiguiente delimitación del concepto de “unidad esencial del vínculo” a los efectos del cómputo del tiempo de servicios, ha sido objeto de análisis a propósito de diversos pronunciamientos del Tribunal Supremo al respecto.
Las medidas de confinamiento obligatorio de la población que establece el Real Decreto que regula el estado de alarma y sus sucesivas prorrogas, así como las órdenes ministeriales dictadas por el ministro de sanidad están siendo objeto de debate entre juristas ya sean miembros del poder judicial, profesionales del derecho o profesores universitarios.
La separación, la nulidad y el divorcio no eximen a los padres de sus obligaciones para con los hijos. Sin embargo, una de las consecuencias que se produce en alguno de estos supuestos, es que se pacte por parte de los progenitores o se acuerde por el juez, la guarda y custodia de los hijos menores habidos en común por alguno de ellos.
En la actualidad el uso de las redes sociales está extendido entre jóvenes y no tan jóvenes que publican imágenes en búsqueda de una notoriedad pública sin ser conscientes de la renuncia a la privacidad que ello supone.
En la reciente doctrina de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, expuesta en la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2017, se establece el carácter privativo de la indemnización que percibe un cónyuge por incapacidad permanente, en el ámbito de la sociedad de gananciales.
El pasado mes de enero, la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, reunida en pleno, ha dictado cinco sentencias en las que fija la doctrina sobre algunas cuestiones relativas a las cláusulas abusivas y, en concreto, relacionadas con lo que se ha venido a llamar “los gastos de hipoteca”.
Sabemos que los padres tienen obligaciones para con sus hijos, pero ¿Sabías que los hijos también están obligados a alimentar a sus padres? Su cantidad dependerá de los medios que este tenga.
La Sala Primera del Tribunal Supremo, en su Sentencia 608/2017, de 15 de noviembre, ha declarado la nulidad parcial de la hipoteca multidivisa por falta de transparencia.
Es doctrina de los Juzgados y Tribunales el que, en supuestos de disputas o diferencias entre los cónyuges, no sea viable ni recomendable el compartir la custodia de los hijos comunes.
El Tribunal Supremo declara la nulidad de pleno derecho del acuerdo por el que se nombra presidente de la comunidad de vecinos a quién no es propietario.