Hasta junio de 2013 y en contra de lo que se regula para el resto de contratos en nuestro derecho, el contrato de arrendamiento surtía efecto frente a terceros pese a no figurar inscrito en el Registro de la Propiedad.
Anteriormente ya habíamos informado a nuestros socios de los cambios más relevantes en materia de arrendamientos modificables pero creemos que debemos dedicar una especial consideración, en cuanto a su duración, a la importante posibilidad del arrendatario de desistir anticipadamente del contrato.
Dados los perjuicios económicos que un arrendamiento de renta antigua puede suponer para el propietario del inmueble, la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en orden a paliar los mismos, estableció el derecho del arrendador de poder exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Tras años de profunda crisis económica, caracterizada por una intensa destrucción y precarización del empleo, numerosas familias viven en circunstancias de especial vulnerabilidad haciendo muy difícil que las mismas puedan afrontar los pagos de una vivienda en el mercado.