Contactar

91 557 68 46

Facebook Instagram Linkedin TikTok

  • Inicio
  • Blog
  • Cómo solicitar el ingreso mínimo vital

Cómo solicitar el ingreso mínimo vital

Para aliviar la situación de precariedad de los hogares más vulnerables a consecuencia del coronavirus, con fecha de 1 de junio de 2020 se publica en el BOE el Decreto-ley que regula el llamado Ingreso Mínimo Vital, se trata de una prestación mensual para los hogares en riesgo de pobreza que corre a cargo de la Seguridad Social. El IMV cubrirá la diferencia entre los ingresos familiares y el umbral fijado para ese tipo de hogar denominado "renta garantizada".

¿Dónde hay que solicitar la renta mínima vital?

Debe solicitarse en las oficinas de la Seguridad Social, Ayuntamientos o cualquier institución pública dentro del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

El gobierno actuará de oficio en unos 100.000 hogares, donde sus inquilinos lo recibirán sin necesidad de solicitarlo, no obstante, las familias que crean tener derecho a dicho ingreso podrán solicitarlo a partir del 15 de junio.

Cómo solicitar el ingreso mínimo vital

¿Qué cuantía tendrá la ayuda vital?

La cuantía del I.M.V. oscilará entre 461 € y 1.015 € al mes en 12 pagas por hogar, dependiendo de las circunstancias de cada solicitante o familia, así como de sus rentas.

¿Quién puede solicitarla el IMV?

  • Es necesario ser residente en España.

  • Tener entre 23 y 65 años.

  • Haber vivido al menos tres años de forma independiente

  • y cotizado un año a la Seguridad Social.

  • Lo pueden cobrar personas de 18 años con hijos a cargo que lleven un año de residencia legal en España. 

  • Los perceptores deberán hacer la declaración de la renta y solo podrán ausentarse de España durante 15 días sin comunicación previa.

Los requisitos son más flexibles para las mujeres víctimas de violencia de género o víctimas de trata de seres humanos y explotación sexual.

Quedarán excluidos del acceso al ingreso mínimo vital, independientemente de la valoración del patrimonio, las personas beneficiarias individuales o las personas que se integren en una unidad de convivencia en la que cualquiera de sus miembros sea administrador de derecho de una sociedad mercantil. No obstante, será compatible con las rentas del trabajo o la actividad económica por cuenta propia de la persona beneficiaria individual o, en su caso, de uno o varios miembros de la unidad de convivencia en los términos y con los límites que reglamentariamente se establezcan.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

¿Cuándo se puede solicitar el IMV y durante cuánto tiempo se disfruta? 

El derecho a la prestación del ingreso mínimo vital se puede solicitar a partir del 15 de junio, nacerá a partir del primer día del mes siguiente al de la fecha de presentación de la solicitud.

El Instituto Nacional de la Seguridad Social resolverá y notificará al solicitante en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de entrada en su registro del expediente administrativo. En el caso de no hacerlo, se entiende que la prestación ha sido denegada.

El pago será mensual y se realizará mediante transferencia bancaria, a una cuenta del titular de la prestación. La prestación se mantendrá mientras subsistan los motivos que dieron lugar a su concesión y se cumplan los requisitos y obligaciones previstos en la ley.

María Oliva Gómez Olmeda – Abogada CEA

Etiquetas: Ingreso Minimo Vital, renta garantizada, hogares mas vulnerables, prestacion del ingreso minimo vital, solicitar el ingreso minimo vital, cuantia ayuda vital, quien puede solicitar el ingreso minimo vital, cuando se puede solicitar el IMV, duracion ingreso minimo vital, ayuda vital gobierno, solicitar IMV, ayuda a familias sin ingresos, ayuda familias vulnerables, ingreso minimo vital coronavirus, solicitar renta mínima vital, Ministerio de Inclusión, seguridad social y migraciones, instituto nacional de la seguridad social

Nos avalan más de 25 años de experiencia. Alto porcentaje de éxito.

Infórmate gratis

Éxitos Abogados CEA

  • 11
    Socio ASB, propietario de una vivienda alquilada, necesitaba resolver contrato de arrendamiento para que su hijo ocupara la vivienda, la inquilina no quería marcharse y encima no le abonaba la renta. Se le mandó un escrito firmado por Abogados CEA, explicándole la obligación que tenía de abandonar la vivienda en unos meses. La inquilina ha aceptado marcharse de la vivienda voluntariamente. En la actualidad el socio nos comunica que su inquilina se encuentra haciendo la mudanza.
  • 8
    R.M.: "Cuando Fernando (Abogado de CEA) nos dijo que Bankia nos devolvía los 266.000 € que habíamos invertido en preferentes, sentí que nos había tocado la lotería. Estamos muy agradecidos"
  • 10
    S.F.G.: "Gracias a las gestiones de la abogada María Oliva Gomez, sólo pagué 69 € por un año de inscripción y consiguieron que no tuviera que pagar 1.800 € que me reclamaba la compañía de la luz"
  • 4
    Se consigue que Orange devuelva al socio M.T.A, 672 €, que le había facturado en concepto de mensajes Premium.
  • 5
    Se gana procedimiento por el que el Ayuntamiento pretendía que la socia C.M.G. quitara su equipo de aire acondicionado de la fachada del edificio.
  • 3
    RMG fue a recoger a su nieto a la guardería y este tenia heridas diversas en su cuerpo; acudió a Abogados CEA para reclamar los hechos y tras los requerimientos realizados por la abogada María Oliva Gómez, se llegó a un acuerdo con el centro por el que, la madre del menor fue indemnizada con 3.000 €.
  • 1
    El socio A.M, acudió a Abogados CEA ya que Vodafone le había subido el precio de su tarifa aún teniendo periodo de permanencia. La abogada Maria Oliva Gómez consiguió que la compañía le devolviera todo el dinero que le habían cobrado de más.
  • 2
    Conseguimos que socio A.T.G. sea compensado con 1.300 € por la compañía eléctrica ya que la misma llevaba años aplicándole en su factura una penalización por no instalar el Interruptor de Control de Potencia sin que se dieran los requisitos necesarios para aplicar la citada penalización.
  • 7
    J.A.: "Gracias a la abogada Ana María Amador me devolvieron el dinero de un móvil que me vendieron y no funcionaba bien"
  • 6
    FJP como cliente del BBVA acudió a la asesoría jurídica de CEA para interponer una reclamación a su banco. Finalmente, a través de la reclamación presentada por los abogados de CEA, nuestra socia consiguió recuperar parte de los gastos de hipoteca (notaría y registro)
  • 9
    A.V.: "La aerolínea quería pagarme 72 € de indemnización por retraso y los abogados de CEA consiguieron que me pagaran 600 €"