A partir del 4 de mayo se inicia la fase 0 del desconfinamiento para la mayoría de España, (excepto algunas Islas que han empezado directamente por la fase 1) y esto supone que puede procederse a la reapertura de todos los establecimientos y locales comerciales minoristas y de prestación de servicios profesionales, a excepción de aquellos cuya superficie sea superior a 400m cuadrados así como los que se encuentren en un centro comercial sin acceso directo desde el exterior siempre que cumplas con los siguientes requisitos:
Con el fin de adecuar la estrategia de desescalada a las particularidades de los municipios con baja densidad de población que permitiría la realización de actividades con menor riesgo derivado de aglomeraciones o del uso intensivo de los medios de transporte colectivo se dicta la orden 427/2020 de 21 de marzo que pretende flexibilizar algunas de las restricciones aprobadas en distintas órdenes ministeriales para esos municipios de menor población y densidad, de modo que los municipios que se encuentran en fase 0 y 1 del desconfinamiento, puedan acogerse a algunas de las medidas previstas para la fase 2 del desconfinamiento, lo que contribuirá a que recuperen paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica.