En la actualidad el uso de las redes sociales está extendido entre jóvenes y no tan jóvenes que publican imágenes en búsqueda de una notoriedad pública sin ser conscientes de la renuncia a la privacidad que ello supone.
El Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a “la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos”, entrará en vigor el 25 de mayo del 2018.
La crisis sanitaria consecuencia de la pandemia que atravesamos por la Covid-19 ha extendido la práctica, hasta ahora poco frecuente del trabajo a distancia surgiendo así la necesidad de regulación de este modo de trabajo. Por ello, se ha publicado el Real Decreto Ley 28/2020 de 22 de septiembre del Trabajo a Distancia, de la que cabe destacar los siguientes puntos:
El tratamiento de los datos personales en el seno de las comunidades de propietarios es una cuestión consultada frecuentemente, ya que las comunidades disponen de datos personales de sus miembros o de las personas que contratan, como nombre, dirección, teléfono, datos de cuentas bancarias, imágenes captadas por cámaras de vigilancia, ya sean videos al interior de la comunidad o videos hacia la vía pública, etc.