¿Cómo nos afecta la declaración del estado de alarma y cómo nos pueden sancionar?
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
En los últimos días estamos viendo como cientos de personas están siendo sancionadas por saltarse el confinamiento tras decretarse el estado de alarma provocado por el coronavirus;
Recientemente el BOE publicaba la orden ministerial que desarrollaba en el Plan Estatal de Vivienda, la nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables sobrevenidos por el COVID 19.
En el Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, se establecen las medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al coronavirus covid - 19.
Para poder acceder a las medidas establecidas en el Real Decreto Ley 11/2020, el arrendatario (inquilino) deben encontrarse en situación de vulnerabilidad económica (vulnerables por coronavirus).
El BOE del domingo 25 de octubre de 2020 ha publicado el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARSCoV-2.
El Consejo de Ministros extraordinario celebrado ayer aprobó el Real Decreto-ley 10/2020 de 29 de marzo,que regula el permiso retribuido de los trabajadores de servicios y sectores no esenciales, que deberán disfrutar del mismo de forma obligatoria desde el lunes 30 de marzo y hasta el día 9 de abril para intentar reducir los contagios por el coronavirus Covid 19. Quedan exceptuadas aquellas actividades que no han sido paralizadas por la declaración del estado de alarma.