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    DivorcioEn términos legales, el divorcio es la disolución del contrato de matrimonio, según la cual ambas partes tendrán que negociar las responsabilidades que les corresponde para continuar con sus vidas de forma independiente.

    En la actualidad no es necesario separarse antes de divorciarse, y tampoco alegar una causa concreta para solicitar el divorcio.

    Los matrimonios hoy en día acaban por diversas razones y no siempre terminan en bueno términos.  La forma más sencilla, rápida y beneficiosa para ambas partes es solicitar el divorcio de mutuo acuerdo, puesto que la disolución se tramitará en aproximadamente dos meses, mientras que, si se presenta la demanda de forma contenciosa, los tribunales tardarán unos seis meses en concederlo. Además, al hacerlo de forma conjunta ahorrarás costes puesto que sólo será necesario un abogado y un procurador. Y lo más importante, temas como la guarda y custodia, régimen de visitas, pensión se cumplen mejor cuando el acuerdo se ha establecido entre los padres y no por sentencia de un juez.

    En la actualidad el divorcio se puede solicitar también a través de una notaría, siempre y cuando:

    • Hayan transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio.

    • No haya hijos menores no emancipados o incapacitados que dependan de sus padres.

    • Se efectúe en la Notaría correspondiente al último domicilio común del matrimonio o de la residencia habitual de cualquiera de los cónyuges. Y los cónyuges se asistan de letrado.

    Como todo procedimiento legal, el divorcio tiene un proceso el cual está estipulado en la Ley de Enjuiciamiento Civil en el Artículo 777 donde se expone:

    • Las peticiones de separación o divorcio deben ser tramitadas según lo establecido en dicho artículo.

    • Junto a la petición se debe consignar la certificación de matrimonio y si existen hijos, se debe presentar la inscripción en el Registro Civil. De igual manera se debe entregar la respectiva propuesta del convenio regulador, el cual debe estar enmarcado según lo que establece la legislación civil.

    • Posterior a la entrega de la petición de separación o divorcio el secretario los citará en los próximos 3 días para que reafirmen por separado dicha petición.

    • Si existen hijos menores o discapacitados, por medio el Ministerio Fiscal se recabará un informe sobre los términos del convenio regulador o petición relativo a ellos.

    Luego de todo esto el Tribunal dicta la sentencia. Si en un futuro se desea modificar dicho convenio, el procedimiento del mismo se realizará conforme a los que se estableció por ambos cónyuges.