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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ) no ratifica las medidas “covid” del Ministerio de Sanidad

Las medidas acordadas por la Orden 1.273/2020, de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, contenidas en su apartado Tercero, por orden de Ministro de Sanidad, no han sido ratificadas por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid por afectar a derechos fundamentales.

Tribunal Superior de Justicia de Madrid 

Amparada la orden del Ministro en lo previsto en el artículo 65 de la Ley 16/2003 de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, entiende la Sala que no es una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales. La consecuencia de ello es que las medidas adoptadas por la Orden 1.273/2020, “constituyen una injerencia de los poderes públicos en los derechos fundamentales de los ciudadanos sin habilitación legal que la ampare, es decir, no autorizada por sus representantes en las Cortes Generales, por lo que no puede ser ratificada”. O dicho de otro modo, “los derechos fundamentales que la Constitución atribuye a los ciudadanos no pueden verse afectados por ninguna injerencia estatal no autorizada por su representantes mediante una disposición con rango de Ley.”

Fernando González Iturbe – Abogado CEA

Etiquetas: medidas covid Madrid, medidas covid 19 Comunidad de Madrid, nuevas medidas covid, Ministerio de Sanidad, covid19 Madrid, Tribunal Superior de Justicia, medidas covid

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