El pasado mes de marzo de 2019 entró en vigor la Ley Orgánica 2/2019 de 1 de marzo, que introduce modificaciones en el Código Penal en relación con los comportamientos imprudentes con resultado de muerte o lesiones, así como tres nuevos artículos: dos de ellos tipificando nuevos tipos agravados y el tercero creando el delito “de abandono del lugar del accidente”.
La nueva reforma del Código Penal que ha entrado en vigor el pasado 1 de julio de 2015, suprime las faltas y establece que no todas las lesiones imprudentes son punibles en el ámbito penal.
Con la entrada en vigor del nuevo Código Penal no todas las lesiones imprudentes son punibles en el ámbito penal. La nueva reforma suprime las faltas y las merecedoras de reproche penal se tipifican como delitos leves.