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Conoce los importantes cambios que trae el nuevo Código Penal

La nueva reforma del Código Penal que ha entrado en vigor el pasado 1 de julio de 2015, suprime las faltas y establece que no todas las lesiones imprudentes son punibles en el ámbito penal.

Ver modificaciones código penal 2019

Reforma Código penalCon esta nueva reforma, las lesiones producidas con ocasión de un accidente de tráfico, a excepción de cuando se comete algún tipo de delito contra la seguridad del tráfico (conducir bajo los efectos de alcohol o drogas, determinados excesos de velocidad, entre otros), son originadas por una conducta imprudente.

Antes de la modificación todos los tipos de imprudencia (grave, menos grave y leve) podían ser perseguidos y castigados en el ámbito de la jurisdicción penal. Pero con la última reforma, sólo son delito las lesiones causadas con por imprudencia grave o menos grave. Por tanto, los comportamientos reprochables como imprudencia leve salen de la órbita penal, constituyendo un ilícito civil, no dando por tanto pié a tramitar procedimiento penal alguno.

Por tanto, los accidentes de tráfico en los que haya lesionados y se entienda que el comportamiento del conductor sólo pueda ser calificado como de imprudencia leve, no pueden perseguirse en el ámbito penal; si bien queda abierta la posibilidad de presentar una demanda ante la jurisdicción civil. En todo caso, esta calificación de la imprudencia es realizada por el Fiscal y, definitivamente, por el Juez, lo cual aconseja, como sucedía antes de la reforma, que si las lesiones son de cierta entidad se debe presentar denuncia en los juzgados de guardia o ante los agentes de la vigilancia del tráfico que hayan elaborado atestado. Hasta el momento se desconoce cuál va a ser la respuesta de los juzgados en cuanto a la calificación de la imprudencia una vez reciban las denuncias de los lesionados, pero, como hemos dicho, el archivo de la causa penal por entender que no estamos ante delito alguno, permite el acceso a los juzgados de la jurisdicción civil.

Otra novedad que incluye el nuevo Código Penal es la posibilidad de que la suspensión de determinadas penas de cárcel esté condicionada no sólo a la realización de cursos de concienciación o trabajos en beneficio de la comunidad, sino también a que el vehículo disponga de un sistema de bloqueo de arranque o funcionamiento que permita comprobar que el conductor cuente con las adecuadas condiciones físicas. Entre estos sistemas podrían incluirse los sistemas que obligan al conductor a soplar para medir su nivel de alcoholemia en aire espirado o los sistemas telemáticos que detecten un comportamiento inseguro, entre otros.

¿Cómo afectan a los conductores estos cambios?

Las consecuencias de esta nueva regulación son notables. El automovilista que deba acudir a la vía civil para ser indemnizado por los daños sufridos en un accidente de circulación deberá soportar un mayor coste ya que por la vía civil, cuando la indemnización sea superior a 2.000 euros, es necesaria la intervención de un letrado, un procurador y en todo caso, siempre será necesario, un perito especialista en valoración del daño corporal.

Esta medida afecta de especial manera a los lesionados leves. Por ejemplo, uno de los supuestos más comunes es el de conductores que sufren una cervicalgia producida en un accidente de tráfico por alcance, el afectado reclamaría una indemnización de 2.000 euros, pero asumiría un coste por la reclamación de la indemnización que podría superar los 2.500 euros de gastos fijos entre el abogado, el procurador y el informe médico privado, más un porcentaje de la indemnización.

Todo ello supone un encarecimiento del proceso de reclamación de indemnizaciones que puede derivar en que la víctima decida no reclamar.

Desde la Asesoría Jurídica de CEA siempre hemos asesorado a los socios que se han visto implicados en accidentes de tráfico y negociando en su nombre indemnizaciones justas. Ahora con la nueva reforma, que también traerá consecuencias en el ámbito procesal, es mucho más importante estar informado y asesorado de manera adecuada.

Etiquetas: Abogados, Reforma Código Penal, Código Penal, Lesiones imprudentes

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