El pasado sábado se publicaron nuevas medidas con relación a las fases previstas en el plan del gobierno de vuelta a la normalidad. Algunas comunidades pasan a una nueva fase o fase 2 y las que no lo hicieron la vez anterior pasan a la fase 1. Esto significa una relajación en las restricciones impuestas por el estado de alarma y la reactivación de sectores que estaban paralizados tanto en lo público como en lo privado.
Con el fín de establecer medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 una vez finalizada la prórroga del estado de alarma, se dicta la ORDEN 668/2020 de 19 de junio, sobre cuyas medidas informamos a nuestros asociados convenientemente a través de nuestro blog, tal y como pueden consultar en el siguiente enlace, no obstante, dicha ley ha sido objeto de modificaciones a través de la ORDEN 920/2020 de 28 de julio de la Consejería de Sanidad y se han establecido criterios interpretativos ante las dudas generadas sobre la aplicación de tales medidas por la ORDEN 961/2020 de 5 de agosto , con arreglo a las cuales interesa destacar: