El error judicial es uno de los supuestos legales de responsabilidad patrimonial del Estado por anormal funcionamiento de la Administración de Justicia y, viene reconocido en el artículo 121 de la Constitución que dice literalmente: "Los daños causados por error judicial, así como los que sean consecuencia del funcionamiento anormal de la Administración de Justicia, darán derecho a una indemnización a cargo del Estado, conforme a la Ley".
Una socia de CEA, había sufrido un atropello cuando se encontraba hablando en la carretera con una vecina que se había encontrado y un vehículo que estaba aparcando la golpea bruscamente. Realizó la consulta a nuestros abogados por si tuviera derecho a alguna indemnización porque no estaba cruzando debidamente, y se le explicaron debidamente sus derechos.
Recientemente, el Tribunal Supremo en Sentencia dictaba el pasado mes de diciembre jurisprudencia respecto a la interpretación de los requisitos que han de concurrir para que una entidad pueda ceder los datos de un consumidor a un registro de morosos.