Se abre nueva posibilidad para recuperar el dinero entregado en la compra de vivienda en caso de que la construcción no se inice o no llegue a buen fin en el plazo convenido para la entrega de la misma.
La situación de crisis económica ha originado una aumento en la venta de empresas; situación que genera entre otras, una gran duda y desconfianza a los trabajadores afectados que ven peligrar sus puestos de trabajo.
Según sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional, de fecha de 11 de Mayo de 2017, se declaran nulos e inconstitucionales los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4, todos ellos del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales (LHL), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo, en cuanto se consideren gravables situaciones de inexistencia de incrementos de valor en la transmisiones de inmuebles.