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¿Cuál es la situación de los trabajadores ante la venta de empresa?

¿Te han comunicado que tu empresa va a ser vendida y no sabes qué va a ocurrir contigo? La venta de una empresa puede cambiar muchas cosas: quién manda, condiciones laborales, continuidad de empleo… Pero la ley también protege a los trabajadores. En Abogados CEA te explicamos tus derechos y cómo actuar para que no te veas perjudicado. 👉 Quiero que revisen mi situación laboral

La situación de crisis económica ha originado una aumento en la venta de empresas; situación que genera entre otras, una gran duda y desconfianza a los trabajadores afectados que ven peligrar sus puestos de trabajo.

¿Cuál es la situación de los trabajadores ante la venta de empresa?

La idea básica es que la compraventa de una empresa no tiene por qué conllevar la pérdida de los puestos de trabajo, sino la continuidad de la relación laboral en idénticas condiciones.

Comprueba si debes actuar ante la venta de tu empresa

Si te ocurre alguno de estos puntos, es recomendable una revisión legal rápida para proteger tus derechos:

✅ Te han comunicado una venta, fusión, absorción o subrogación y no tienes información clara.
✅ Te piden firmar un nuevo contrato o anexos que cambian salario, jornada o funciones.
✅ Te dicen que pierdes antigüedad, trienios o complementos.
✅ Anuncian cambio de convenio o de centro de trabajo sin compensación.
✅ Plantean modificación sustancial (horario, turnos, teletrabajo) o un traslado.
✅ Hay rumores de ERTE/ERE o impagos tras la operación.

⚠️ Importante: existen plazos para impugnar modificaciones y para reclamar. Una revisión a tiempo evita pérdidas de derechos.

¿Qué dice el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores?

El Artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores establece que un cambio de titularidad de una empresa, de un centro de trabajo o de una unidad productiva autónoma, no extingue por sí mismo la relación laboral, pues el nuevo empresario queda subrogado en los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior.

Ante una compraventa de empresas, el trabajador no puede decidir ya que es una operación comercial ajena, si bien, puede ocurrir que el empleado sea quien no quiera pasar a la empresa que ha adquirido la mercantil, en cuyo caso se entenderá como una baja voluntaria y no tendrá derecho a cobrar el paro.

¿Qué pasa con los trabajadores cuando una empresa cambia de dueño?

En la práctica cuando hay cambio de dueños, generalmente hay una reestructuración de personal, y en muchos casos cuando hay convenciones colectivas, los trabajadores son presionados para renegociar las condiciones laborales, que por supuesto son para desmejorarlas, y de no aceptarlo suelen ser despedidos con el pago de las indemnizaciones correspondientes, lo cual es legal por supuesto, ya que la ley laboral contempla el despido sin justa causa en cualquier momento. Esto pasa también cuando no hay convenciones colectivas. Individualmente los trabajadores son conminados para que acepten una disminución de salarios ofreciendo como opción B el despido.

En ocasiones, algunos empresarios que venden les piden a sus trabajadores que firmen su finiquito alegando que la nueva empresa va a firmar con ellos un nuevo contrato, en este caso, lo que no ha de hacer el trabajador en una situación similar es firmar finiquito alguno, porque entonces no conservará su antigüedad ni sus condiciones laborales en el nuevo contrato, y si firma no obtendrá indemnización por fin de contrato.

¿Qué responsabilidades tiene la nueva empresa frente a los trabajadores?

¿Qué responsabilidades tiene la nueva empresa frente a los trabajadores?

En toda sucesión empresarial, el cesionario o comprador queda subrogado en todos los derechos y obligaciones laborales y de Seguridad Social del anterior, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en su normativa específica, y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria hubiere adquirido el cedente.

Además, vendedor y comprador, o cesionario y cedente responden solidariamente durante los 3 años señalados de las obligaciones laborales no satisfechas antes de la transmisión, y sólo con posteriodad si tal trasnmisión fuese considerada delito.

Ejemplo real: En una empresa de logística se anunció su venta a otro grupo. Varios trabajadores temían la pérdida de antigüedad o cambio de condiciones. Con la ayuda de Abogados CEA se formalizó un acuerdo que garantizó la antigüedad, se impidieron recortes salariales y se mantuvo el convenio aplicable. Tú también puedes proteger tus derechos ante una operación similar.

¿Se mantiene el convenio colectivo tras la venta de la empresa?

Por último, señalar que salvo pacto en contrario que surgiera de esta negociación los trabajadores seguirán rigiéndose por el convenio colectivo que les venía siendo aplicable hasta la fecha de expiración de su convenio colectivo o hasta la entrada en vigor de otro convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica transmitida.

Los abogados de CEA te informan y asesoran ante cualquier incidencia. Contáctanos en el teléfono 91 557 68 46 o rellena el formulario.

Preguntas frecuentes

¿Pierdo mi antigüedad si la empresa se vende?

No. El nuevo empresario está obligado a respetar la antigüedad y todos los derechos adquiridos por el trabajador.

¿Pueden cambiarme el salario o las condiciones tras la venta?

No de forma unilateral. Cualquier modificación debe seguir el procedimiento legal de modificación sustancial y estar debidamente justificada.

¿Qué ocurre si no quiero pasar a la nueva empresa?

Tu negativa se considera baja voluntaria, por lo que no tendrías derecho a cobrar la prestación por desempleo.

¿Sigue aplicándose el mismo convenio colectivo?

Sí. El convenio colectivo anterior se mantiene hasta su vencimiento o hasta que se apruebe otro aplicable a la empresa adquirente.

Ana Belén Cruz Campos

Ana Belén Cruz Campos - Abogada CEA

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