Anteriormente ya habíamos informado a nuestros socios de los cambios más relevantes en materia de arrendamientos modificables pero creemos que debemos dedicar una especial consideración, en cuanto a su duración, a la importante posibilidad del arrendatario de desistir anticipadamente del contrato.
El arrendamiento o más conocido como alquiler, supone, en muchas ocasiones, una fuente de problemas tanto para el arrendador como para el arrendatario, que suele empezar con el contrato de alquiler.
En Abogados CEA ponemos a tu disposición un servicio de ayuda legal 24h, para que obtengas un asesoramiento inmediato ante cualquier problema con el alquiler de un piso o el alquiler de un local y, además:
Redactamos y revisamos contrato de arrendamiento de viviendas y contrato de alquiler de local comercial.
Realizamos estudio viabilidad en caso de desahucio.
Asesoramos sobre los derechos y obligaciones de las partes en base a la ley de arrendamientos urbanos.
Informamos sobre las actualizaciones de la renta, duración del alquiler y obligaciones de depósito de fianza.
Cómo rescindir un contrato de alquiler.
Preparamos los requerimientos precisos al inquilino.
Información legal sobre al impago del alquiler de viviendas.
Realizamos por ti, todas las reclamaciones y denuncias que sean necesarias agotando la vía extrajudicial.
Recientemente en pocos meses se han dictado varias normas que modifican la Ley de Arrendamientos Urbanos, alguna de ellas no ha sido ratificada y ha dejado de estar vigente, pero conserva su vigencia para los contratos celebrados bajo su ámbito de aplicación.
El gran temor de todo propietario que ha invertido en el mercado inmobiliario con la esperanza de disponer de una renta mensual procedente del arrendamiento de inmuebles es toparse con un inquilino moroso.
Dados los perjuicios económicos que un arrendamiento de renta antigua puede suponer para el propietario del inmueble, la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994 en orden a paliar los mismos, estableció el derecho del arrendador de poder exigir del arrendatario el total importe de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles.
Si eres inquilino o arrendatario, pronto vas a tener noticias de Hacienda: Te cobrarán el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales - ITP.Estepago se exige en la compra de inmuebles, y suponemos que al haber menos transacciones y aumentar el número de contratos de arrendamiento, Hacienda pretende cubrir la falta de ingresos por la reducción de compraventas exigiendo dicho impuesto a los arrendamientos, en base a que el inquilino adquiere el derecho a usar el inmueble a cambio de un precio.