Aprobado el Real Decreto -ley 1/2017 de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusula suelo, y ante el gran número de afectados, consideramos relevante poner en su conocimiento los puntos más importantes de dicha normativa.
Consecuencia de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016, que reconoce el derecho de los afectados por la cláusula suelo de recuperar la totalidad del dinero abonadoindebidamente y la previsible avalancha de reclamaciones y demandas judiciales contra las entidades bancarias, el gobierno trata de acordar un procedimiento extrajudicial para que los afectados puedan recuperar su dinero de manera rápida, gratuita y sin los inconvenientes de tener que acudir a demandar dichas cantidades ante los juzgados.
Un reciente acuerdo del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha reiterado la doctrina que sobre la cláusula suelo en hipotecas expuso en una sentencia de 9 de mayo de 2013, por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia, aunque matiza que el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas se producirá sólo con efectos desde la fecha de dicha sentencia del 2013.