Tribunal Supremo confirma la nulidad de la cláusula suelo
Un reciente acuerdo del Pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha reiterado la doctrina que sobre la cláusula suelo en hipotecas expuso en una sentencia de 9 de mayo de 2013, por la que se declaraba la nulidad de las denominadas cláusulas suelo por falta de transparencia, aunque matiza que el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas se producirá sólo con efectos desde la fecha de dicha sentencia del 2013.
En aquella sentencia del 9 de mayo de 2013, el Tribunal Supremo declaró abusivas las cláusulas suelo de BBVA, NCG Banco y Cajas Rurales debido a su falta de transparencia. El Alto Tribunal manifestó que los consumidores debían ser informados de que cuando el tipo de interés baja a determinados niveles, el préstamo se transforma en préstamo a interés fijo variable solo al alza y no se beneficiarán de las bajadas del índice de referencia (en general el Euríbor).
También debían ser informados "de forma clara y destacada", sin que las cláusulas puedan pasar inadvertidas al consumidor entre otras propias de un contrato tan complejo. Además, el Supremo indica que el consumidor tiene que ser informado de otros productos para que pueda realizar una comparación y pueda optar después de tener una información suficiente. Sin embargo, el efecto restitutorio de las cantidades ya pagadas en virtud de las cláusulas suelo declaradas nulas por falta de transparencia se producirá desde la fecha de la publicación de la referida sentencia de mayo de 2013.
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