¿Qué abogado lleva las herencias?
El fallecimiento de una persona transmite los derechos a la sucesión sobre todos sus bienes, derechos y obligaciones que no se extingan con su muerte; y se puede poner de manifiesto por la voluntad de la persona a través de un testamento, que debe otorgarse ante notario. A falta de testamento, la sucesión se determina por la Ley.
De este modo, saber si un fallecido ha otorgado o no testamento, es el primer dato que deben conocer los que se consideren con derecho a la sucesión; y para ello, hay que solicitar el certificado de últimas voluntades en el Registro Civil. En este documento consta si el fallecido ha otorgado o no testamento, y de haberlo hecho, ante qué notario. De haber varios testamentos, el válido es el más moderno (último firmado).
De no existir testamento es necesario solicitar la declaración de herederos, para luego repartir el activo y pasivo entre las personas que legalmente tienen derecho al acceso a la sucesión. En caso de existir testamento, habrá que repartir ese patrimonio hereditario conforme a los criterios o reglas contenidas en el testamento.
Es aconsejable, dadas las reglas legales que deben respetarse y, por ende cumplirse, el asesoramiento de un abogado herencias que vaya dirigiendo a los herederos en todos los pasos necesarios hasta llegar a la firma de la escritura de aceptación y adjudicación de la herencia.
Fernando González Iturbe – Abogado CEA
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