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Devuelven a socio de CEA todos los gastos de constitución de su hipoteca

Un Juzgado de Colmenar Viejo condena al Banco Popular a devolver al socio de CEA los gastos de notario, registrador y cuota del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Devuelven a socio de CEA todos los gastos de constitución de su hipotecaLos gastos hipotecarios, derivados de la escritura de la hipoteca, que siempre ha venido pagando el consumidor pueden ser reclamados, porque cuando el interesado de la transacción en el préstamo hipotecario es la entidad financiera que exige que se realice en escritura pública, se deberían atribuir esos gastos a la entidad y así se ha recogido en la sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015, que ha declarado como abusiva esta práctica bancaria y ha entendido como nulo el pacto que lo contemple si no ha sido negociado.

Un socio de CEA, tras la negativa del Banco a devolver lo pagado a la Notaría, al Registro de la Propiedad y por la cuota devengada del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados con ocasión de la constitución del préstamo con garantía hipotecaria para la adquisición de su vivienda habitual; decidió reclamar judicialmente dicha devolución. La demanda fue conocida por el Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Colmenar Viejo, dictando sentencia en la que condenaba al Banco Popular a la devolución de las cantidades pagadas por los tres conceptos referidos.

Para reclamar la devolución de gastos hipotecarios, al igual que en el caso de las hipotecas con cláusula suelo, en primer lugar, debemos revisar a cuánto asciende la cantidad que abonamos para poder concretar el importe correspondiente y, con copia de las facturas de los gastos se debe reclamar en su sucursal o en la página web de atención al cliente que ha dispuesto cada una de las entidades financieras.

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En definitiva, los consumidores que hayan firmado una hipoteca y no hubiese existido una negociación individual en la que se especifiquen esos gastos y aprobados explícitamente, podrán ser reclamados ahora, y si no aceptan en vía amistosa sería recomendable revisar una posible reclamación judicial, pero después ser analizada la documentación por un abogado y estar debidamente asesorado.

Así pues, en estos casos se puede requerir formalmente a la entidad financiera y a todos los efectos legales para que se avengan a reconocer la nulidad de esos gastos, y solicitar la devolución.

Fernando González Iturbe - Abogado de CEA

Etiquetas: Entidades financieras, CEA, Abogados CEA, registro propiedad, prestamo hipotecario , socios CEA, gastos hipotecarios, banco popular, gastos constitucion hipoteca, impuesto de actos juridicos documentados, reclamacion gastos hipoteca, hipotecas con clausula suelo, reclamacion judicial