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Cómo actuar ante una estafa

En los últimos años se observa un constante crecimiento de determinadas prácticas comerciales cuyo valor ético y moral es cuestionable.

Evite el fraude en las ventas efectuadas fuera de establecimiento mercantil

EstafaSe trata de prácticas dirigidas normalmente a personas de avanzada edad a quienes se les comunica la noticia de haber sido agraciados con un estupendo y tentador regalo, citándolos para su recogida en un lugar determinado, normalmente un hotel y sin ninguna obligación de compra ni otro compromiso que el escuchar durante uno o dos horas una charla promocional que puede versar sobre unas vacaciones de ensueño o un producto específico para el hogar.

Lamentablemente, lo que en muchas ocasiones puede parecer una oportunidad única e irrepetible, puede desembocar en una gran estafa.

Nos hemos encontrado con clientes que tras haber acudido a alguna de estas reuniones y haber quedado maravillados con las cualidades casi milagrosas del producto en cuestión, han acabado firmando un contrato por el que adquieren el mismo, muchas veces incluso financiando el precio con una entidad bancaria.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal, llámanos al 91 557 68 46 o rellena el formulario para ponernos en contacto contigo lo antes posible. Y recuerda que por sólo 6 € al mes, dispondrás de todos los servicios de Abogados CEA.

Así mismo, los comerciales en cuestión suelen informar engañosamente de las facilidades de devolución del producto si tras pensárselo durante un determinado plazo deciden devolverlo, y es aquí cuando se suele llevar a engaño al consumidor ya que se le suele indicar que basta para devolver el producto con una simple llamada telefónica. Sin embargo y a pesar de la llamada del consumidor dirigida a resolver la venta, una vez transcurrido el plazo legal se les exige de manera apremiante y acosadora el pago del precio bajo amenaza de demanda en los juzgados.

Por ello, y por que en esta época del año se duplica el consumo y la necesidad de adquirir y efectuar regalos y por ende, también se duplican este tipo de prácticas fraudulentas, nos parece conveniente recordar las condiciones en las que debe efectuarse el derecho de desistimiento en las ventas especiales que se efectúan fuera de establecimiento mercantil:

  • Estafa contratoEl plazo para el ejercicio del derecho de desistimiento y siempre y cuando el vendedor no haya otorgado otro mayor, será de catorce días hábiles desde la entrega de la cosa objeto de la venta o desde la celebración del contrato si éste se refiere a la prestación de servicios.

  • El vendedor está obligado a otorgar al comprador documento informativo sobre las condiciones del ejercicio del derecho de revocación o desistimiento.

  • Si se trata de un desistimiento expresamente atribuido por la ley el vendedor deberá además hacer entrega del documento de desistimiento, identificado claramente como tal, que exprese el nombre y dirección de la persona a quien debe enviarse y los datos de identificación del contrato y de los contratantes a que se refiere. En caso de incumplimiento de esta obligación de información el plazo para ejercitar el desistimiento será de tres meses.

  • El ejercicio del derecho de desistimiento no implicará gasto alguno para el consumidor y usuario, y éste no tendrá obligación de indemnizar al vendedor del desgaste o deterioro del producto ocasionado para su prueba en orden a tomar una decisión sobre su adquisición definitiva.

  • Ejercitado el derecho de desistimiento el vendedor debe restituir al comprador el precio del producto o la parte del mismo se hubiere abonado en un plazo máximo de 30 días, transcurrido dicho plazo sin que el consumidor haya recuperado la suma adeudada tendrá derecho a reclamarla por duplicado.

  • En el caso de que el precio a abonar por el consumidor haya sido total o parcialmente financiado mediante un crédito concedido por el comerciante o por un tercero (previo acuerdo de este con el comerciante), el ejercicio del derecho de desistimiento implicará la resolución del contrato de crédito sin penalización alguna para el consumidor y usuario.

 

Etiquetas: Prestamo vinculado, Timo, Derecho de desistimiento, Comprador, Vendedor

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