¿Coche nuevo con defectos?
Un socio de CEA procedió a comprar un vehículo todoterreno, un modelo importado. Al cabo de recibirlo tras unas semanas, el comprador abonó el precio pactado, más de 45.000 euros.
Dos días después de haberlo adquirido, el socio de CEA sufrió una aparatosa avería mientras circulaba por una vía interurbana y cuando se disponía a realizar un adelantamiento. En ese momento, el motor dio un tirón, dejando de accionarse las marcas pares y obligando al conductor a desistir de la maniobra una vez empezada, poniendo en peligro su integridad y la del resto de los usuarios de la vía.
El concesionario fue informado de los hechos y se encargo de la reparación. Sin embargo, la avería se volvió a manifestar; motivo por el cual el socio de CEA decidió devolver al coche al vendedor y no hacerse cargo de él.
En todas las decisiones y actuaciones, nuestro socio fue convenientemente asesorado por la Asesoría Jurídica de CEA. Sin embargo, al no llegar a una solución del problema con el vendedor, los abogados de CEA presentaron una demanda contra el concesionario vendedor, solicitando del juez la declaración de resolución del contrato y que le devolvieran al comprador el dinero abonado en concepto de precio.
Finalmente, antes de celebrar la preceptiva audiencia previa en el juzgado de primera instancia que conocía la demanda, el vendedor llegó a un acuerdo con los abogados de CEA para zanjar el tema devolviendo todo el dinero pagado en concepto de precio al comprador.
Fernando González Iturbe – Abogado de CEA
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