Los accidentes en el extranjero o con vehículos extranjeros
Llega el verano y vuelven a ser frecuentes los accidentes en los que están implicados vehículos extranjeros, o los accidentes fuera del territorio nacional. Si todos sabemos - más o menos - qué tenemos que hacer cuando nos vemos implicados en un accidente, nos surgen dudas cuando hay un vehículo extranjero de por medio o lo tenemos en el extranjero.
La primera duda que nos surge es si el vehículo contrario esta asegurado. Tenemos que realizar la comprobación solicitando la documentación del seguro al vehículo contrario, y dependiendo del país donde esté matriculado el vehículo contrario solicitar la denominada “Carta Verde”.
El sistema de Carta Verde está diseñado para ayudar al tráfico internacional de vehículos y para garantizar la atención a las víctimas de accidentes que se produzcan entre vehículos de distintas nacionalidades. En resumidas cuentas, es la credencial de seguro y certifica la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil que garantiza, al menos, las coberturas obligatorias del país en el que estás.
No hace falta tener la Carta Verde para viajar dentro de la Unión Europea, ya que las pólizas de seguro de automóvil emitidas en los países de la Unión Europea, y las emitidas en Suiza, Liechtenstein, Andorra, Noruega, Croacia, Islandia garantizan las coberturas mínimas de seguro requeridas por ley en otro estado miembro. Si se viaja a alguno de los países que no están en la anterior lista, sí que es necesario llevarla siempre ya que es la credencial de seguro y certifica la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil que garantiza, como mínimo las coberturas obligatorias del país por el que se circula.
Para obtener información o atender las reclamaciones de indemnización, tanto por accidentes ocurridos en España con vehículos extranjeros o por accidentes ocurridos en el extranjero debemos acudir a Ofesauto. Esta entidad es una Asociación en la que participan todas las aseguradoras autorizadas para trabajar en España en el ramo del Seguro del Automóvil y el Consorcio de Compensación de Seguros.
Si el accidente se produce en el territorio nacional con un vehículo extranjero, si la responsabilidad es suya proceda a la mayor brevedad posible a facilitar el parte a su compañía de seguros.
Si la culpa no es suya, deberá dirigirse al representante en España de esa compañía extranjera. Para ello consulte la web de Ofesauto y podrá obtener los datos de contacto para remitirles la reclamación. El representante de la compañía dispone de un plazo de tres meses para darle una respuesta motivada. Si no contestase en ese plazo o su contestación no está suficientemente motivada deberá dirigir entonces la reclamación a Ofesauto.
Si el accidente se produce en el extranjero, y la culpa es suya facilite los datos a su compañía, pero si por el contrario la responsabilidad es del otro vehículo y éste está matriculado en alguno de los países pertenecientes al Espacio Económico Europeo (EEE: U.E. y otros) deberá dirigir su reclamación al representante en España de la aseguradora extranjera. Éste tiene un plazo de tres meses para atender su reclamación. Si no lo hace o su contestación no está suficientemente motivada deberá dirigir la reclamación a Ofesauto.
En cualquiera de los casos, utilice siempre el parte de declaración amistosa de accidentes para recopilar los datos de los vehículos implicados ya que ello facilitará los trámites.
Recuerde que nuestros servicios jurídicos y de nuestra correduría están siempre para ayudarle, no dude en consultarnos.
Eugenio de Dobrynine. Abogado de CEA
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