Cómo modificar una Declaración de la Renta ya presentada
Una vez hayamos presentado la declaración de la renta puede ser que nos demos cuenta de que algunos datos o cálculos que hemos incorporado estén mal, por lo que necesitaríamos realizar las modificaciones oportunas en la misma.
Si antes este trámite resultaba engorroso, ahora con las nuevas tecnologías y la presentación online de las declaraciones de la renta podemos decir que se ha facilitado enormemente. A priori es un procedimiento relativamente sencillo que no requiere especial dominio de los procesos informáticos, ya que la Agencia Tributaria ha desarrollado, además, un proceso tutorial para ello.
Si tras presentar la declaración comprobamos que la misma contiene errores u omisiones en los datos declarados, por ejemplo: declaración indebida de alguna renta exenta, cómputo de importes con cuantía superior a la debida u olvido de alguna reducción o deducción a la que tenía derecho, entonces es posible solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada.
Cómo modificar la delcaración de la Renta
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Accediendo nuevamente al expediente de Renta.
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Marcando la casilla 127 de solicitud de rectificación.
La particularidad de esta función reside en que esta solicitud sólo se realizará cuando la cantidad a devolver sea mayor o la cantidad a ingresar sea menor a la anterior solicitada.
Realizar la rectificación de la autoliquidación
Ésta podrá realizarse teniendo en cuenta los siguientes requisitos:
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Si la declaración ha sido presentada.
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Siempre que la Administración Tributaria no haya practicado liquidación definitiva o liquidación provisional por el mismo motivo.
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Es necesario que no haya transcurrido el plazo de cuatro años desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación, o bien desde el día siguiente a la presentación de la declaración si ésta se presentó fuera de dicho plazo.
El acceso requiere identificarse con firma electrónica (certificado digital o DNI electrónico), sistema Cl@ve PIN o con el número de referencia del expediente de Renta.
Como hemos comentado anteriormente, todo este proceso está debidamente explicado en la web de la Agencia Tributaria por lo que en caso de duda puede fácilmente consultarla y podrá seguir los pasos necesarios para completar la modificación de la declaración presentada.
Eugenio de Dobrynine. Abogado de CEA
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