Consejos para reclamar indemnización por accidente de tráfico
La conocida reforma de la Ley del Baremo que entró en vigor el 1 de enero de 2016, ha supuesto un cambio muy importante en cuanto a la valoración de las lesiones de las víctimas de accidentes de tráfico, y ahora, es muy importante conocer las precauciones a tener en cuenta, y forma de reclamar a la aseguradora responsable la indemnización correspondiente, para lo cual apuntamos cinco consejos:
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Rellenar el parte de declaración amistosa de accidente. En el momento en que se produzca el accidente lo aconsejable es rellenar el parte de declaración amistosa de accidente cuando no sea el culpable, y que en ese momento el conductor culpable deberá firmarlo y admitir la culpa, es muy importante anotar todos los datos posibles: matrícula, modelo, marca del vehículo, aseguradora y hasta una fotografía de la posición de los vehículos, si hubiera testigos solicitarles también sus datos, en caso de que el causante se niegue a colaborar lo más recomendable es avisar a la Policía Local, después de señalizar el accidente y siempre que tenga toda su documentación en regla.
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Asegurarse si el conductor o cualquiera de los ocupantes de los coches implicados, notan alguna molestia, o el golpe ha sido muy fuerte en este caso, por precaución se recomienda dirigirse directamente al hospital más cercano, para solicitar el “parte de urgencia de la asistencia médica”, porque es imprescindible tener ese informe médico siempre antes de que transcurra el plazo de 72 horas, desde la ocurrencia del accidente o de lo contrario no se podrá reclamar ninguna indemnización por lesiones aunque después tenga otros informes médicos, y tenga alguna lesión consecuencia del accidente.
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Declarar el parte de accidentes a la aseguradora de su coche, antes de que transcurran 7 días desde la ocurrencia del accidente, informe a su compañía de seguros telefónicamente porque ahora también se puede dejar el parte en el taller concertado donde lleve el vehículo.
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La aseguradora enviará un perito al taller en el que se encuentre el vehículo, que elaborará un informe pericial en el que comprobará que los daños recogidos en el atestado policial o en el parte de accidentes correspondan con los que realmente se observan. Este trámite también lo podrá realizar la compañía contraria, quien enviará su propio perito para realizar las comprobaciones oportunas, entonces procederán a reparar. Si ha sufrido lesiones personales, desde entonces seguir el tratamiento médico indicado y guardar todos los informes médicos y gastos.
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Confirmar con su aseguradora si se va a ocupar de hacer la reclamación extrajudicial a la compañía de seguros del vehículo responsable del siniestro. El plazo para reclamar la indemnización es de un año desde la fecha del accidente o bien desde la estabilización de las lesiones. En este sentido, el plazo queda interrumpido por la reclamación extrajudicial, que se ha convertido en requisito imprescindible previo a la posterior reclamación judicial. Una vez presentada esta reclamación extrajudicial a la aseguradora, ésta tiene que contestar a la víctima en el plazo de tres meses, mediante respuesta motivada, en la que exponga una oferta de indemnización por los daños sufridos o bien una explicación de por qué no se considera responsable de dichos daños.
- En caso de no alcanzar un acuerdo, requerir del abogado de la aseguradora la reclamación judicial antes del plazo de un año.
Es recomendable que las causas y los daños del siniestro estén claramente determinados y la compañía haya hecho una oferta que no sea aceptable. Es una vía que debe ser muy estudiada antes de iniciarse, siendo imprescindible un informe pericial que acredite las lesiones sufridas y la indemnización reclamable.
En cualquier caso, lo más recomendable, sean cuales sean las dimensiones del accidente sufrido, es siempre asesorarse por un abogado, que le informará sobre la mejor vía para conseguir la indemnización más favorable. Si lo desea, puede exponernos su caso.
Ana María Amador - Abogada CEA
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