¿Puedo vender mi coche si no lo he terminado de pagar?
A la hora de querer vender el coche, se puede presentar la situación por la cual no hayamos terminado de pagarlo. ¿Puedo vender mi coche en ese caso?
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La respuesta a esta pregunta depende de qué contrato se haya negociado. Si lo que hemos firmado para poder comprar nuestro coche es un préstamo personal, no tendríamos ningún problema para poder venderlo y con el dinero que obtengamos cancelar el mismo o no hacerlo y seguir pagando al banco.
Si por el contrario el contrato lo has firmado con una financiera, lo más probable es que dicha financiera haya inscrito el contrato en el registro de bienes muebles de la provincia de tu residencia; de manera que puedes vender el vehículo pero el comprador no puede realizar el trámite de cambio de titularidad.
Cuando la financiera inscribe el contrato, el registro de bienes muebles comunica a la Dirección General de Tráfico que el vehículo tiene anotada una reserva de dominio que impide el cambio de titularidad del mismo hasta que no se anota el asiento de cancelación. Quieren de esa manera asegurarse que se va a terminar de pagar el crédito antes de poder vender el coche. Así que cuando el comprador acude con la documentación a la Jefatura de Tráfico de su domicilio para hacer el cambio de propiedad o titularidad, la Jefatura no se lo admite.
En ese caso, el comprador acudirá a ti para que solicites a la financiera la carta de cancelación de la reserva de dominio, que sólo te entregarán si has pagado el total del préstamo, y que debes llevar primero al registro para posteriormente y una vez que el registro ha levantado la carga, poder acudir de nuevo a la Jefatura.
Si conoces de antemano que tu vehículo tiene anotada esta reserva de dominio ( para saberlo debes pedir un informe de titularidad en tráfico o a través de nuestra gestoría), puedes hablar con el comprador y negociar con él de manera que una vez que te haya pagado el importe del vehículo, acudas con el a la financiera para cancelar el crédito pendiente y facilitar el posterior cambio de titular.
Y sobre todo porque, si el comprador no puede hacer el cambio de titular en la Jefatura, va a estar circulando con un coche a tu nombre con todo lo que ello significa de responsabilidad a tu cargo, multas, impuestos, daños…
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En cualquier caso pide asesoramiento a nuestros gestores ellos te ayudarán si ya estás en alguno de estos casos.
Olga Muñoz. Abogado CEA
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