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¿Tienes pensado alquilar un coche en vacaciones? Alerta con las multas de tráfico

Si es así debes tener en cuenta una serie de aspectos para evitar sorpresas desagradables: ¿qué cubre el seguro? ¿y si me ponen una multa? ¿quién puede conducir el coche? ¿y si metemos el coche por un camino?

¿Tienes pensado alquilar un coche en vacaciones?

Por normal general, los seguros de los vehículos de alquiler por defecto solo cubren al tomador de la póliza como conductor. Esto quiere decir que si se produce un accidente y conduce una persona diferente, no declarada expresamente en la póliza, el seguro no cubriría ni siquiera los daños a terceros.

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La utilización del vehículo en determinados emplazamientos, como playas, pistas forestales o caminos vecinales no está cubierta en los seguros ofrecidos por las compañías de alquiler de vehículos. En general, cualquier vía no asfaltada, o asfaltada pero con graves deficiencias que puedan causar daños a los bajos del vehículo, quedan fuera de la cobertura del seguro. Del mismo modo, la asistencia en carretera tampoco estaría cubierta, pudiendo suponer esto último un coste especialmente elevado en zonas de difícil acceso.

A la hora de recoger el vehículo, es muy importante comprobar el estado del mismo y cerciorarse de que está libre de desperfectos, golpes o arañazos. Es posible que al entregar el coche se atribuyan dichos daños al uso que se le ha dado y le puedan exigir una indemnización. Haz fotos en el momento de recoger y de entregar el coche para evitar esas sorpresas innecesarias.

¿Tienes pensado alquilar un coche en vacaciones?

¿Qué pasa si te ponen una multa con un coche de alquiler?

Después de la devolución, los operadores todavía pueden retener tu depósito, o hacerte cargos posteriores durante varias semanas. Los recargos más frecuentes son infracciones, pagos de autopistas, multas de aparcamiento o zona azul, gastos de gestión, limpiezas especiales o desperfectos en el coche.

Por ejemplo, si el conductor es multado, además de hacer frente al coste de la sanción, puede verse obligado a abonar una comisión a la empresa en concepto de gestión (identificación del conductor), con un importe que suele rondar los 50 euros y ello sólo por enviar los datos como responsable de la sanción al organismo que le ha sancionado Ayuntamiento, Tráfico.

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Por eso le aconsejamos que compruebe los cargos posteriores en su tarjeta de crédito durante por lo menos un mes, o más si ha notificado algún problema. Pida una prueba documental de todos los cargos que le pretendan cobrar, y reclame si no está de acuerdo.

Plazo para recurrir una multa de un coche de alquiler

Cuando se alquila un coche, el conductor y usuario pasa a ser el responsable de todas las infracciones que se cometan al volante de ese vehículo. Si bien las matrículas están registradas bajo el nombre de la empresa de alquiler y serán ellas las que reciban la notificación de que uno de sus clientes ha cometido una multa con un vehículo de su flota, la empresa no se hará en ningún momento responsable. 

En España y en la Unión Europea, cuando un vehículo de alquiler recibe una sanción, la Jefatura de tráfico correspondiente o las autoridades municipales se lo comunican a la empresa de propietaria del vehículo que es la que se encarga de trasladar a la administración los datos del conductor.

Una vez que el conductor recibe la sanción en su domicilio dispone de un plazo para abonarla con el descuento correspondiente o para presentar el oportuno escrito de alegaciones en el plazo de 20 días naturales.

Los abogados de CEA te informan y asesoran ante cualquier incidencia o incluso si necesitases asoramiento y gestión de tus multas de tráfico. Contáctanos en el teléfono 91 557 68 46 o rellena el formulario.

Olga Muñoz Villas – Abogada de CEA

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