Superar la tasa de alcoholemia puede considerarse Delito Penal.
Conducir bajos los efectos del alcohol y las drogas no sólo puede acarrear una sanción administrativa o multa por alcoholemia, sino también puede suponer un delito, según establece el artículo 379 del código penal, que puede acarrear penas de prisión de 3 a 6 meses, trabajos sociales y en cualquier caso la privación del derecho a conducir de 1 a 4 años.
Para que haya delito penal, el conductor tiene que superar la tasa de alcohol de 0,60 mg/l (en aire aspirado) o detectarse en sangre una tasa superior a 1.2gr/l. También será delito penal si el agente considera que el conductor está conduciendo bajo los efectos del alcohol, aunque no supere la tasa indicada.
Cuando el agente determine que hay delito penal, procederá a la detención preventiva del conductor, y posteriormente se celebrará un juicio rápido por alcoholemia, que tendrá lugar antes de una semana en el juzgado de instrucción más cercado donde se produjo el control de alcoholemia.
Ante esta situación es necesario contar con un equipo de abogados expertos en la defensa de juicios por alcoholemia o drogas, que te faciliten un asesoramiento adecuado y te defiendan en el juicio rápido.
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Si quieres saber más sobre la conducción bajo los efectos del alcohol y las tasas de alcoholemia, te invitamos a leer el artículo la alcoholemia ¿delito penal?
Cuando un conductor ha ingerido alcohol o se aprecian síntomas, el Código Penal recoge este supuesto como delito de alcoholemia y en concreto el artículo 379 castiga al "que condujera un vehículo a motor o un ciclomotor bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas o de bebidas alcohólicas con penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".
Durante las Navidades surgen muchos reencuentros y cenas junto a amigos y familiares para celebrar estas fechas en compañía, y en estos momentos de cena y celebración suele estar bastante presente el alcohol. Es por eso que en estas fecha decembrinas las campañas de la DGT control de alcoholemia y drogas son mucho más frecuentes.
El pasado mes de marzo de 2019 entró en vigor la Ley Orgánica 2/2019 de 1 de marzo, que introduce modificaciones en el Código Penal en relación con los comportamientos imprudentes con resultado de muerte o lesiones, así como tres nuevos artículos: dos de ellos tipificando nuevos tipos agravados y el tercero creando el delito “de abandono del lugar del accidente”.
Los abogados de CEA consiguen que un conductor, asociado de CEA, sea indemnizado por su compañía de seguros, ya que no conducía bajo los efectos del alcohol.