¿Se puede recurrir una multa por saltarse el confinamiento?
En los últimos días estamos viendo como cientos de personas están siendo sancionadas por saltarse el confinamiento tras decretarse el estado de alarma provocado por el coronavirus;
En los últimos días estamos viendo como cientos de personas están siendo sancionadas por saltarse el confinamiento tras decretarse el estado de alarma provocado por el coronavirus;
Ya por Orden INT/239/2020, de 16 de marzo, se restablecieron los controles en las fronteras interiores terrestres con motivo de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Coronavirus Covid-19, como medida complementaria a las restricciones de movilidad dentro del territorio español; siendo prorrogadas estas medidas por las órdenes INT/335/2020, de 10 de abril, INT/368/2020, de 24 de abril, e INT/396/2020, de 8 de mayo, hasta el 23 de mayo de 2020, inclusive.
El gobierno ha dictado una nueva Orden 403/2020 en la que se contienen las condiciones de cuarentena a las que deben someterse las personas procedentes de otros países a su llegada a España mientras dure la crisis sanitaria ocasionada por el Coronavirus COVID-19.
Saltarse el confinamiento supone un acto de desobediencia; Esto está catalogado como una sanción grave y supone una multa que oscila entre los 601 € a los 30.000 euros; En principio es una sanción económica, pero puede acarrear penas de cárcel si hay reincidencia persistente o se resiste a la autoridad.