El pasado mes de marzo de 2019 entró en vigor la Ley Orgánica 2/2019 de 1 de marzo, que introduce modificaciones en el Código Penal en relación con los comportamientos imprudentes con resultado de muerte o lesiones, así como tres nuevos artículos: dos de ellos tipificando nuevos tipos agravados y el tercero creando el delito “de abandono del lugar del accidente”.
Los daños intencionados a un vehículo, así como las lesiones provocados a otro conductor no están cubiertos por la aseguradora.
Un asociado se dirige a nuestra Asesoría Jurídica, porque había sido víctima de una agresión personal de otro conductor que además propinó unas patadas a su vehículo y le ocasionó daños materiales, y todo ello al parecer porque no le había cedido el paso en una rotonda, lo que provocó que en el primer semáforo se bajara y le impidiera continuar la marcha dando patadas a su vehículo.