Alquiler vacacional por particulares
Se considera alquiler vacacional o alquiler turístico, aquel que, recayendo sobre una edificación, tenga como destino primordial uno distinto que el de satisfacer la necesidad permanente de la vivienda del arrendatario, cediendo de forma temporal el uso de la totalidad de una vivienda amueblada y equipada en condiciones de uso inmediato, comercializada como oferta turística y con finalidad lucrativa.