El convenio regulador, es un acuerdo bilateral de los cónyuges en el que tras poner fin a la convivencia matrimonial o al matrimonio, se regulan todas las consecuencias jurídicas del mismo. El art.777 de la LEC establece la obligatoriedad de presentar este convenio regulador junto con las demandas de separación o de divorcio.
Lo habitual es que, a pesar de disolución del matrimonio por causa de separación o divorcio, los dos progenitores ostenten el ejercicio conjunto de la patria potestad, aunque los hijos estén en compañía de uno o de otro, o de ambos de forma alternativa.
El divorcio supone la disolución del matrimonio y ello entraña una serie de consecuencias legales que exigen, por su posible complejidad, y por exigencia legal, la asistencia de un abogado divorcio.
El aumento de los procedimientos de divorcio en el mes de septiembre es un fenómeno que ha llamado la atención de abogados, psicólogos y sociólogos. Este incremento puede explicarse por una combinación de factores emocionales, sociales y prácticos que convergen durante este período del año.