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¿Puedo cancelar mi viaje por el coronavirus?

Ante la actual situación de estado de alarma muchos pasajeros con billetes de vuelo y adquiridos se plantean si tendrán o no derecho al reembolso del billete.

¿Puedo cancelar mi viaje por miedo al coronavirus?

Está claro, que de haber prohibición o restricción por razones de salud pública o si es la propia compañía la que suspende el vuelo, el consumidor tiene derecho a obtener el reintegro del billete adquirido o bien su reubicación en otros vuelos. En estos casos también hay derecho de asistencia, es decir, alojamiento y manutención, en caso de que el pasajero no pueda regresar a su región de origen por la prohibición, pero no se tendrá derecho a la indemnización prevista en estos casos por tratarse de una situación de fuerza mayor.

En todos los demás supuestos en los que sin prohibirlo expresamente las autoridades y sin que exista una cancelación por parte de la compañía aérea, pero, sin embargo, existe una recomendación de no viajar, se deberá comprobar, en primer lugar, si se contrató un seguro con la aerolínea. En caso de ser así, habría que analizar las condiciones de este, ya que la mayoría de ellos excluyen la cobertura de los gastos de anulación en caso de epidemias o pandemias, lo que significa que la mayoría de las pólizas no cubrirán las cancelaciones causadas por el coronavirus. No obstante, y ante viajes programados para el futuro, hay que recordar que existen pólizas que ofrecen el libre desistimiento y, por tanto, la posibilidad de cancelar el vuelo por cualquier causa, aunque suelen tener un coste muy elevado y no lo ofrecen todas las aseguradoras.

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Si no se contrató ningún seguro y realmente queremos cancelar el vuelo, resulta imprescindible comunicarlo cuanto antes a la compañía, teniendo en cuenta que si no se hace con 24 horas de antelación al viaje se considerará “no show” o “no presentación al vuelo” por lo que no se tendrá derecho a ningún reembolso.

En cualquier caso, recomendamos guardar toda la documentación relativa al viaje, hacer la reclamación fehacientemente a la compañía y en caso de no tener respuesta o no estar de acuerdo con la misma, consultar con Abogados CEA para reclamar ante otras instancias.

Mª Oliva Gómez Olmeda – Abogada CEA

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