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Cómo reclamar a un taller por una mala reparación del vehículo

Una vez realizado un cambio de aceite en un taller de reparación de automóviles, pagado la factura y recuperado el vehículo, nuestro socio de CEA se da cuenta de que a los pocos kilómetros de circulación y en el mismo día, el motor comienza a fallar.

Indemnización por reparación defectuosa del vehículoUna vez diagnosticada la avería, se establece que la causa no es otra que la falta del tapón del cárter, probablemente por un mal ajuste en el momento de realizar el cambio de aceite. Ante este hecho, la Asesoría Jurídica de CEA inició acciones de reclamación, primero frente al taller y seguidamente frente a su aseguradora. Gracias a nuestros abogados especializados, la compañía de seguros de coche, terminó por abonar el coste de la reparación de los daños causados.

Protección del usuario y del consumidor

Según el Real Decreto Legislativo 1/2007, tanto consumidores como usuarios tienen reconocido el derecho a la indemnización por los daños que sufran al usar uno de los servicios contratado. De hecho, se establece que los: “prestadores de servicios serán responsables de los daños y perjuicios causados a los consumidores y usuarios, salvo que prueben que han cumplido las exigencias y requisitos reglamentariamente establecidos y los demás cuidados y diligencias que exige la naturaleza del servicio.”

En Abogados CEA te ofrecemos un asesoramiento personalizado y te ayudamos frente a cualquier problema legal; Llámanos al 91 557 68 46 o contrata ahora los servicios: pago por consulta sólo 30 € o pago anual por sólo 99 €.

Y abundando en esta idea, el artículo 148 dice lo siguiente:

“Se responderá de los daños originados en el correcto uso de los servicios, cuando por su propia naturaleza, o por estar así reglamentariamente establecido, incluyan necesariamente la garantía de niveles determinados de eficacia o seguridad, en condiciones objetivas de determinación, y supongan controles técnicos, profesionales o sistemáticos de calidad, hasta llegar en debidas condiciones al consumidor y usuario.

Se consideran sometidos a este régimen de responsabilidad:

  • Los servicios sanitarios,

  • Los de reparación y mantenimiento de electrodomésticos, ascensores y vehículos de motor,

  • Los servicios de rehabilitación y reparación de viviendas,

  • Los servicios de revisión, instalación o similares de gas y electricidad y los relativos a medios de transporte.

 

Fernando González Iturbe - Abogado de CEA

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